Nombre de la Convención | Tema | Mecanismos de Seguimiento |
Recomendaciones (Vínculo al informe oficial emitido por el Organismo) |
Unidad Administrativa Responsable de la Información |
Convenio de Ginebra para Mejorar la Suerte de los Heridos y Enfermos de las Fuerzas Armadas en Campaña. | Protección de Heridos y Enfermos de las Fuerzas Armadas en Campaña. |
Mecanismo de prevención. Enseñanza del Derecho Internacional Humanitario. El artículo 49 del Convenio, en relación con el 82 del Protocolo Adicional I, establece “Las Altas Partes Contratantes en todo tiempo, y las Partes en conflicto en tiempo de conflicto armado, cuidarán (…) la enseñanza que deba darse al respecto a las fuerzas armadas." |
Se han impartido cursos de formación de personal perteneciente a la Institución, para fungir como Profesores en Derecho Internacional Humanitario. A la fecha 14 elementos han tomado citados cursos y se ha incorporado la asignatura de Derecho Internacional Humanitario en el Centro de Estudios Superiores Navales. |
Unidad Jurídica |
Convenio de Ginebra para Mejorar la Suerte de los Heridos, Enfermos y de los Náufragos de las Fuerzas Armadas en el Mar. | Protección de Náufragos, Heridos y Enfermos de las Fuerzas Armadas en el Mar. |
Mecanismo de prevención. Entrenamiento del personal operativo. El artículo 50 de la Convención establece: "Cada Parte contratante adoptará las medidas necesarias para que cesen los actos contrarios a las prescripciones del presente Convenio, distintas de las infracciones graves (…)” |
Se ha capacitado a más de 1200 elementos en uso de la fuerza en el mantenimiento del orden público, integración del Derecho Internacional Humanitario y Operaciones Militares en Apoyo a la Seguridad Pública. | Unidad Jurídica |
Convenio de Ginebra relativo al Trato de los Prisioneros de Guerra. | Protección de Prisioneros de Guerra. |
Mecanismo de represión. Determinación de sanciones penales en contra de violaciones al Derecho Internacional Humanitario. El artículo 129 de la Convención establece: "Las Altas Partes Contratantes se comprometen a tomar las oportunas medidas legislativas para determinar las adecuadas sanciones penales que se han de aplicar a las personas que hayan cometido, o dado orden de cometer, cualquiera de las infracciones graves contra el presente Convenio (...).” |
Se aprobó la Ley para el Uso y Protección de la Denominación y del Emblema de la Cruz Roja. Esta Dependencia como miembro de la CIDIH-México y en coordinación con el CICR, se encuentra trabajando en la elaboración del Reglamento de la Ley para el Uso y Protección de la Denominación y del Emblema de la Cruz Roja y en las reformas al Código Penal Federal y el Código Federal de Procedimientos Penales para armonizar sus disposiciones con las del Derecho Internacional Humanitario. |
Unidad Jurídica |
Convenio de Ginebra relativo a la Protección de Personas Civiles en Tiempo de Guerra. | Protección de personal civil en tiempo de guerra. |
Mecanismo de prevención. Difusión del Derecho Internacional Humanitario. El artículo 144 del Convenio establece “Las Altas Partes Contratantes se comprometen a difundir lo más ampliamente posible, tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra, el texto del presente Convenio en el país respectivo, y especialmente a incorporar (…) de modo que sus principios sean conocidos por el conjunto de la población.” |
Se impartió el Primer Curso Anual Especializado en Derecho Internacional Humanitario a Nivel Nacional. Se difundió el contenido de las disposiciones internacionales del Derecho Humanitario a 200 personas, entre académicos, estudiantes, dependencias e instituciones públicas y privadas. |
Unidad Jurídica |
Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados Internacionales. | Protección de víctimas de los conflictos armados internacionales. | Mecanismo de control. Formación de Asesores Jurídicos. El artículo 82 del Protocolo establece “Las Altas Partes Contratantes en todo tiempo, y las Partes en conflicto en tiempo de conflicto armado, cuidarán de que, cuando proceda, se disponga de asesores jurídicos que asesoren a los comandantes militares, al nivel apropiado, acerca de la aplicación de los Convenios de Ginebra y del presente Protocolo”. |
Se han impartido cursos de formación de personal del Servicio de Justicia Naval perteneciente a la Institución, para fungir como Asesores Jurídicos en Derecho Internacional Humanitario. A la fecha se cuenta con 24 Asesores Legales que han tomado citados cursos. |
Unidad Jurídica |